CASO 1
Federico es aprendiz de un
programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a
distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le
ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece
la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a
efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que
presente el carnet personal que lo acredita como aprendiz SENA
Federico manifiesta que nunca
ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de
bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la
modalidad presencial.
De
acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos,
proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1.
¿Qué
respuesta le daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se
basaría?
La respuesta que le
daría a Federico seria que según el Capítulo II, del numeral 4 el cual expresa
explícitamente que “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el
carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.”, que puede obtener su carnet ya
que es parte de sus derechos como aprendiz Sena.
2.
En
relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le
dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
La respuesta del líder de bienestar
fue equivocada ya que, evidentemente, no conoce los reglamentos del aprendiz.
Este líder debió informarse antes de lanzar su respuesta al aprendiz.
CASO 2
Nicolás es un aprendiz del
programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace
tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades
de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje.
Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos
presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le
solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe
saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque
teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo
estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a
encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera
respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y
quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.
De
acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir
los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:
1. ¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de
Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera
respetuosa y formal?
Nicolás se debe amparar
en el Capítulo II, de los derechos del aprendiz, Artículo 7 Numeral 8, el cual dice explícitamente “Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de
los directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades
que se puedan presentar en su proceso de
formación”.
CASO 3
El instructor le ha
manifestado a tres aprendices del programa de formación Tecnología en
Contabilidad y Finanzas que deben traer la cédula de ciudadanía, porque cuando
ingresaron a la institución, lo hicieron con tarjeta de identidad y ya hace un
año cumplieron la mayoría de edad, lo que significa que este documento ya no es
válido.
Adicionalmente, a pesar de que
tienen un plan de mejoramiento, no han cumplido con este y uno de ellos no
quiere participar en salidas técnicas.
Además el Tutor encontró que
personas ajenas al curso están ingresando a la plataforma virtual con el
usuario y la contraseña de uno de ellos. El instructor le solicita al
representante de los aprendices que les ayude a identificar en qué parte del
reglamento se está fallando.
De
acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los deberes,
proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1. ¿En qué capitulo y en qué artículos se debe apoyar el
representante para que los aprendices identifiquen sus faltas?
El
representante se debe apoyar en el Capítulo III, de los deberes del aprendiz, y
en el Articulo 9, en cual se define que
es un deber, “Se entiende por deber, la obligación legal,
social y moral que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación,
asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para propiciar la armonía, el
respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el servicio a
los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la institución”.
2. ¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de
los datos básicos actualizados?
Dice el reglamento que
es un deber del aprendiz “Verificar en el sistema que sus datos básicos, se
encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite
administrativo correspondiente”. Según el capítulo III articulo 9 numeral 3.
3. ¿Están obligados lo aprendices a participar en la visita
técnica?
Los aprendices están en
el deber de participar de dichas visitas ya que
son parte de su formación. Según el capítulo III de los deberes de
aprendiz, artículo 9 numeral 4, “Participar en las actividades complementarias
o de profundización, relacionadas con el programa de formación, con el fin de
gestionar su proceso de aprendizaje.”
CASO 4
El comité de evaluación y
seguimiento está reunido para analizar unas situaciones que se han presentado
con algunos aprendices.
Al finalizar la reunión, uno
de los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el
subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente,
pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices
las medidas formativas correspondientes.
Las medidas serán: dos por
faltas académicas, y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a
brindar estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices
plantea que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y
disciplinarias.
De acuerdo con el
Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo siguiente:
1. ¿Cuáles son las medidas
formativas y en qué consisten?
Según el capítulo IX del artículo 27. Las medidas formativas son aquellas acciones que
se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en menor
grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y
prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el
fin de generar cambios en el desempeño académico o en el comportamiento
disciplinario del Aprendiz.
1. ¿Cuáles son las
sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o
disciplinarias?
Según el Capítulo IX,
artículo 28 se pueden imponer las siguientes sanciones:
a. Llamado de atención
escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita
dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz,
con copia a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en
este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un
aprendiz. Los llamados de atención escrito implican compromisos escritos por
parte del aprendiz en el proceso de formación.
b. Condicionamiento de
la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que
incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del
procedimiento establecido en este Reglamento.